Circular 14/99 

 

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE DONACIONES

MODELO 182

 

Están obligadas a presentar el Modelo 182 todas las Fundaciones y las Asociaciones Declaradas de Utilidad Pública que reciban donativos de personas físicas, siempre que los mismos den derecho a deducción en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del donante. El impreso consta de:

1º) Hoja-Resumen: en la que se deben hacer constar los datos identificativos de la entidad declarante reseñando si se está acogida, o no, al régimen tributario especial establecidosto en la Ley 30/1.994, de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

También debe hacerse constar el número total de donantes y la cantidad total de donativos dinerarios percibidos de personas físicas.

2º) Hojas interiores: debe consignarse el nombre completo del donante así como su NIF y el del representante, si lo tuviere; el importe de la donación y el porcentaje de deducción a que da derecho. Si se trata de una donación en especie se ha de indicar tal naturaleza.

Cabe la posibilidad de presentar esta declaración mediante soporte directamente legible por ordenador, dentro del mismo plazo previsto para la presentación en impreso, si bien adjuntando al soporte magnético dos ejemplares de la hoja resumen del impreso.

SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICION EN ESTE DESPACHO LOS IMPRESOS PARA EFECTUAR ESTAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.

PLAZO MAXIMO DE PRESENTACION: 31 DE ENERO DE 2000
LOS ANTECEDENTES NECESARIOS PARA FORMULAR LAS ANTERIORES DECLARACIONES, DEBERAN OBRAR EN NUESTRO PODER ANTES DEL 14 DE ENERO PROXIMO.

 

Barcelona, Diciembre de 1.999