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Circular 6/2004
La modificación de la Ley 6/93, Reguladora de los Residuos municipales de Cataluña, ha motivado que desde el 1º de Enero de 2004 todos los establecimientos comerciales y de servicios tengan que cumplir unas nuevas exigencias en materia de gestión de residuos.
En el caso del municipio de Barcelona, la principal novedad radica en el hecho de que la antigua Tasa de Recogida de Basuras pasa a ser un Precio Publico y ello significa que el titular de cada actividad puede elegir, entre el Ayuntamiento o una empresa privada debidamente acreditada, quien debe recoger los residuos generados.
La aparición de esta posibilidad de elegir el servicio de recogida de residuos ha hecho que el Ayuntamiento de Barcelona haya establecido, dentro de la normativa que regula los Precios Públicos de los Servicios para la prestación de servicios especiales de limpieza y recogida de residuos municipales, la obligatoriedad de presentar una declaración de producción de residuos para todos los titulares de actividades generadoras de residuos comerciales e industriales asimilables a municipales; todo ello con el fin de conocer qué actividades acreditan la recogida y gestión de todos o ciertas fracciones de los residuos generados a través de un gestor privado y en base a ello poder establecer quiénes están o no obligados al pago del precio publico y quiénes tienen derecho a reducciones en las tarifas del mismo.
Desde el Sector de Servicios Urbanos y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Barcelona se están enviando los modelos de declaración de producción de residuos antes citados, los cuales han de cumplimentarse en su totalidad y ser presentados antes del próximo 30 de Abril en el registro de cualquier Distrito del Ayuntamiento.
Este despacho se pone a su disposición para asesorarles en la cumplimentación de las formalidades precisas. Para ello pueden contactar con el Sr. Xavier Andreu.
Barcelona, marzo de 2004.