Circular 16/2000:
DECLARACIÓN
INFORMATIVA DE DONACIONES
MODELO
182
Están obligadas a presentar el Modelo 182 todas las Fundaciones y las Asociaciones
Declaradas de Utilidad Pública que reciban donativos de personas físicas, siempre
que los mismos den derecho a deducción en la declaración del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas del donante. El impreso consta de:
1º) Hoja-Resumen:
en la que se deben hacer constar los datos identificativos de la entidad declarante
reseñando si se está acogida, o no, al régimen tributario especial establecidosto en la
Ley 30/1.994, de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en
Actividades de Interés General.
También debe
hacerse constar el número total de donantes y la cantidad total de donativos dinerarios
percibidos de personas físicas.
2º) Hojas
interiores: debe consignarse el nombre completo del donante así como su NIF y el del
representante, si lo tuviere; el importe de
la donación y el porcentaje de deducción a que da derecho. Si se trata de una donación
en especie se ha de indicar tal naturaleza.
Cabe la
posibilidad de presentar esta declaración mediante soporte directamente legible por
ordenador, dentro del mismo plazo previsto para la presentación en impreso, si bien
adjuntando al soporte magnético dos ejemplares de la hoja resumen del impreso.
SE ENCUENTRAN A
SU DISPOSICION EN ESTE DESPACHO LOS IMPRESOS PARA EFECTUAR
ESTAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.
PLAZO
MAXIMO DE PRESENTACION: 30 DE ENERO DE 2001
LOS ANTECEDENTES
NECESARIOS PARA FORMULAR LAS ANTERIORES DECLARACIONES, DEBERAN OBRAR EN NUESTRO PODER
ANTES DEL 15 DE ENERO PROXIMO.
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Barcelona, Diciembre de 2.000