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NUEVO HORARIO: NUESTRO HORARIO DE OFICINA A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 2.008 SERÁ DE 8:30 a 13:30 horas, y de 15:00 a 18:00 horas. |
OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN DE LAS
ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. (Modelo 184).
En virtud del
Artículo 69 del Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se
establece la obligación de información
de las entidades en régimen de atribución de rentas (Comunidades de Bienes,
Sociedades Civiles, Herencias Yacentes,...).
Las entidades
en régimen de atribución de rentas que ejerzan una actividad económica, o
aquéllas cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales, están obligadas a
presentar anualmente una declaración informativa en la que, además de sus datos
identificativos y, en su caso, los de su
representante, deberá constar la siguiente información:
a)
Identificación,
domicilio fiscal y número de identificación fiscal de sus socios, herederos,
comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español, incluyéndose las
variaciones en la composición de la entidad a lo largo de cada período
impositivo.
En el caso de que alguno de los miembros de la entidad no sea residente en territorio español, se deberá identificar a la persona que ostente la representación fiscal del mismo.
Si se trata de una entidad en régimen de atribución de rentas constituida en el extranjero, se deberá identificar a los miembros de la entidad contribuyentes por este Impuesto o sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, así como a los miembros de la entidad contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes respecto de las rentas obtenidas por la entidad sujetas a dicho impuesto.
b)
Importe
total de las rentas obtenidas por la entidad y de la renta atribuible a cada
uno de sus miembros, especificándose:
1.
Ingresos
íntegros y gastos deducibles por cada fuente de renta.
2.
Importe
de las rentas de fuente extranjera, señalando el país de procedencia, con
indicación de los rendimientos íntegros y gastos.
3. En el supuesto de que la entidad en régimen de atribución de rentas que adquiera acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva, identificación de la institución de inversión colectiva cuyas acciones o participaciones se han adquirido o suscrito, fecha de adquisición o suscripción y valor de adquisición de las acciones o participaciones, así como identificación de la persona o entidad, residente o no residente, cesionaria de los capitales propios.
c)
Bases de
las deducciones.
d)
Importe
de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los
atribuibles a cada uno de sus miembros.
e)
Importe
neto de la cifra de negocios, que comprenderá los importes de la venta de los
productos y de la prestación de servicios, correspondientes a las actividades
ordinarias, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas,
así como el impuesto sobre valor añadido y otros impuestos directamente
relacionados con la mencionada cifra de negocios.
Las entidades
en régimen de atribución de rentas deberán notificar por escrito a sus miembros
la información relativa a ingresos, gastos, bases de las deducciones e importe
de las retenciones e ingresos a cuenta atribuibles a cada uno de ellos.
La
notificación deberá ponerse a disposición de los miembros de la entidad en el
plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de la
declaración.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: La declaración se presentará por todo el día 31 de Marzo de 2.008 en la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal del obligado a presentarla.
NORMAS DE GESTION: La declaración podrá presentarse en impreso, en soporte directamente legible por ordenador o por vía telemática.
Para la correcta
confección y tramitación de estas declaraciones, agradeceremos que todos los
datos sean facilitados a la Srta. Queralt Terés
Antón, por todo, el 26 de Marzo de 2.008, no pudiendo responsabilizarnos de su
confección y presentación dentro de plazo, en caso de recibirlos con
posterioridad a dicha fecha.
ASIMISMO LES RECORDAMOS QUE NUESTRO DESPACHO PERMANECERÁ CERRADO DEL
JUEVES 20 AL LUNES 24 DE MARZO, AMBOS INCLUSIVE.
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Con el mayor agrado les
proporcionaremos la información complementaria que sea de su interés.
Barcelona, Febrero 2.008.