![]()
Circular 17/2007
|
NOTA: Nuestra nueva dirección de correo es advocats@becerra.es. Asimismo, en todas nuestras direcciones individuales hemos sustituido el “becerra-es.com” por “becerra.es”. Por último, también hemos variado nuestra página web que a partir de ahora es www.becerra.es. |
|
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE DICIEMBRE 2.007 |
Detallamos las declaraciones y autoliquidaciones que deben presentarse ante la Agencia Tributaria durante el próximo mes de diciembre.
|
1.- PAGO A
CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. 2.- ALTA,
BAJA, MODIFICACIONES Y EXENCIONES EN EL IAE. |
PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES |
En
los primeros veinte días naturales del mes de diciembre, los sujetos pasivos
del Impuesto sobre Sociedades por obligación personal, así como los
establecimientos permanentes de Sociedades no residentes en España, efectuarán
un pago a cuenta de la liquidación correspondiente al ejercicio en curso el día
primero de dicho mes.
OPCION A) Como base de cálculo se toma la cuota a ingresar
por el último ejercicio cerrado cuyo plazo reglamentario de declaración
estuviere vencido en dicha fecha, minorada en las deducciones y bonificaciones,
así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes
a aquél. No se minorará en los pagos fraccionados correspondientes a
dicho ejercicio. El tipo aplicable es del DIECIOCHO (18%) POR CIENTO.
Cuando
el último ejercicio cerrado al que se hace referencia en el párrafo anterior
sea de duración inferior al año se tomará también en cuenta la parte
proporcional de la cuota de ejercicios anteriores hasta completar un período de
doce meses.
Si
el periodo impositivo corriente no se inició en 2007 el tipo aplicable es el
18% de la cuota ingresada en el ejercicio anterior.
OPCION B) Es
aplicable a aquellos sujetos pasivos que optaron expresamente por esta
modalidad antes del 28 de febrero de 2007, y OBLIGATORIO para las entidades
cuyo volumen de operaciones haya superado los 6.010.121,04 € durante los
meses anteriores a la fecha en que se inicien los periodos impositivos dentro
de 2007. Como base de cálculo se toma la base imponible (ingresos menos
gastos) correspondiente a los once primeros meses del año.
Si
el período impositivo no coincide con el año natural, se tomará como base de
cálculo la parte de la base imponible correspondiente a los días transcurridos
desde el inicio del periodo impositivo hasta el 30 de noviembre.
El
tipo aplicable será:
|
Para las Sociedad Mercantiles |
23% |
|
Para las Mutuas de Seguros
generales o Fundaciones no acogidas a los beneficios de la Ley 30/94 (del
Mecenazgo) |
17% |
|
Para las cooperativas
fiscalmente protegidas |
14% |
|
Para las Fundaciones y
Asociaciones acogidas a los beneficios fiscales de la Ley 30/94 (del
Mecenazgo) |
7% |
Las
empresas de reducida dimensión obtendrán el porcentaje de cálculo del pago de
la siguiente forma:
1)
Si la base de cada periodo no supera la cuantía resultante de multiplicar
120.202’41 € por la proporción en que se halle el número de días de
duración del periodo impositivo entre 365 días, se aplicará el 17% sobre
la citada base.
2)
Si supera la anterior proporción al exceso se le aplicará el tipo del 21%.
De
la cuota resultante, tras la aplicación del porcentaje, se deducirán las
retenciones e ingresos a cuenta.
Caso
de haber optado por la modalidad B), para cumplimentar el pago a cuenta deberán
facilitarnos los ingresos, gastos y retenciones soportadAs
del período de once meses. En caso de no haber optado por dicha modalidad y
tener que efectuar el pago conforme a la opción A), es preciso nos comuniquen
la cuota ingresada y los pagos a cuenta deducidos si la declaración del
Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio de 2006 no fue
presentada a través de este Bufete. En caso contrario les remitiremos el
impreso ya cumplimentado.
|
PLAZO MAXIMO DE INGRESO: 20 DE DICIEMBRE DE 2007 |
NOTA IMPORTANTE
Recordamos que en los supuestos en que no deba efectuarse
ingreso alguno en concepto de pago fraccionado del citado impuesto en el
período correspondiente no será obligatoria la presentación del modelo 202.
El modelo 222 de pago fraccionado será de uso
obligatorio para efectuar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades
para los grupos en régimen de consolidación fiscal, incluidos los de
cooperativas. La presentación del citado modelo es obligatoria incluso en los
casos en los que la cantidad resultante a ingresar sea cero.
En todo caso será obligatoria la presentación del modelo
218, incluso en los supuestos en que, de
acuerdo con lo previsto en las normas reguladoras de los pagos fraccionados a
cuenta del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No
Residentes, no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago
fraccionado de los citados Impuestos en el período correspondiente.
La presentación del modelo 218 y 222 deberá realizarse,
obligatoriamente, por vía telemática.
La transmisión telemática del citado modelo deberá
realizarse en la misma fecha en que tenga lugar el ingreso resultante del
mismo.
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. EXENCIONES. |
Les recordamos que según lo dispuesto en el Real Decreto 243/1995, de 17 de Febrero que regula la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas, aquellos sujetos pasivos que en el ejercicio 2008 vayan a acceder a la aplicación de una exención o, por el contrario, dejen de cumplir las condiciones exigidas para seguir disfrutando de la misma, han de presentar declaración de alta o baja en el censo del citado impuesto durante el mes de Diciembre de 2007.
En
la práctica, el caso más habitual es el de aquellos sujetos pasivos cuya cifra
de negocios del ejercicio 2006 presenta variación respecto de la del 2005:
-
Cifra de negocios 2005 inferior a 1
millón de euros y cifra de negocios 2006 superior a 1 millón de euros:
Presentación de declaración de alta por pérdida de la exención.
-
Cifra de negocios 2005 superior a 1 millón
de euros y cifra de negocios 2006 inferior a 1 millón de euros:
Presentación de declaración de baja por obtener el disfrute de la exención.
|
PLAZO MAXIMO DE LA DECLARACIÓN: 31 DE DICIEMBRE DE 2007 |
Barcelona, Noviembre de 2007.