Circular 1/2006

SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL

ENERO

2006

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL

 

      

SUMARIO

 


-         NOVEDADES FISCALES EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2006

 

-         PRECISIONES ACERCA DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA EUROPEA

 

-         RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA EN DEUDAS TRIBUTARIAS DE PROVEEDORES

 

-         REVISIÓN DE LOS IMPORTES DE DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN

 

-         MODIFICACIÓN PARA EL AÑO 2006 DE LOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN APLICABLE A LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

 

 

 

NOVEDADES FISCALES EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2006

 

Reseñamos a continuación las principales novedades que en materia tributaria se contemplan en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, (B.O.E. del día 30 de diciembre) que han entrado en vigor a partir del día 1 de enero de 2006.

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

 

Coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles

-         Para las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, los coeficientes de actualización del valor de adquisición serán los siguientes:

 

Año de adquisición

Coeficiente

Año de adquisición

Coeficiente

1994 y anteriores

1,1924

2001

1,1040

1995

1,2597

2002

1,0824

1996

1,2167

2003

1,0612

1997

1,1924

2004

1,0404

1998

1,1692

2005

1,0200

1999

1,1482

2006

1,0000

2000

1,1261

 

 

           

Cuando las inversiones se hubieran efectuado el 31 de diciembre de 1994, se aplicará el coeficiente 1,2597.

 

-         Los coeficientes aplicables a los bienes inmuebles afectos a actividades económicas serán los previstos para el Impuesto sobre Sociedades.

 

-         Se mantienen las reglas especiales para los bienes actualizados al amparo del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio (actualización de balances).

 

Tipos impositivos para 2006

-         Se actualizan las tarifas en un 2 por 100, siendo de aplicación las que a continuación detallamos.

 

 

Escala general del Impuesto

Escala autonómica

TOTAL

Base liquidable

 

Hasta euros

Cuota íntegra

 

Euros

Resto base

liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

 

%

Cuota íntegra

 

Euros

Resto base

liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

 

%

Cuota íntegra

 

Euros

Resto base

liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

 

%

0

0,00

4.161,60

9,06

0,00

4.161,60

5,94

0,00

4.161,60

15,00

4.161,60

377,04

10.195,92

15,84

   247,20

10.195,92

8,16

624,24

10.195,92

24,00

14.357,52

1.992,07

12.484,80

18,68

1.079,19

12.484,80

9,32

3.071,26

12.484,80

28,00

26.842,32

4.324,23

19.975,68

24,71

2.242,77

19.975,68

12,29

6.567,00

19.975,68

37,00

46.818,00

9.260,22

En adelante

29,16

4.697,78

En adelante

15,84

13.958,00

En adelante

45,00

 

      Nota: la escala autonómica se aplicará cuando la comunidad autónoma respectiva no hubiese aprobado su propia escala.

           

Compensación fiscal a los arrendatarios de vivienda habitual en 2005

-         En los supuestos en que se tuvo derecho a la deducción por arrendamiento de vivienda habitual en 1998, con contrato anterior al 24 de abril de 1998 y que se mantenga en el año 2005, se conserva el derecho transitoriamente para dicho año a la deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas durante el mismo, con un límite de deducción de la cuota del impuesto de 601,01 euros.

 

Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2005

-         Se mantiene el complemento de la deducción por adquisición de vivienda habitual cuando ésta se hubiera efectuado con anterioridad al 4 de mayo de 1998, y al aplicarse la deducción contemplada en el vigente Texto Refundido de la Ley del IRPF, ésta resulte inferior a la que hubiera correspondido con la ley anterior.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

 

Coeficiente de corrección monetaria aplicable en la transmisión de elementos patrimoniales -activos inmobiliarios

-         Se actualizan los coeficientes para corregir el importe de la depreciación monetaria, en función del momento de adquisición del elemento patrimonial transmitido.

 

Ejerc.adquisición

Coef..

Ejerc.adquisición

Coef.

Ejerc.adquisición

Coef.

Ejerc.adquisición

Coef.

Antes 1/1/84

2,0828

En el ejerc. 1990

1,3751

En el ejerc. 1997

1,1250

En el ejerc. 2004

1,0337

En el ejerc. 1984

1,8912

En el ejerc. 1991

1,3282

En el ejerc. 1998

1,1105

En el ejerc. 2005

1,0200

En el ejerc. 1985

1,7466

En el ejerc. 1992

1,2987

En el ejerc. 1999

1,1027

En el ejerc. 2006

1,0000

En el ejerc. 1986

1,6442

En el ejerc. 1993

1,2818

En el ejerc. 2000

1,0972

 

 

En el ejerc. 1987

1,5664

En el ejerc. 1994

1,2586

En el ejerc. 2001

1,0747

 

 

En el ejerc. 1988

1,4965

En el ejerc. 1995

1,2083

En el ejerc. 2002

1,0616

 

 

En el ejerc. 1989

1,4312

En el ejerc. 1996

1,1508

En el ejerc. 2003